domingo, 27 de febrero de 2022

La Declaración Universal de Derechos Humanos

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

Ahora, por tanto,

La Asamblea General,

Proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 

                              Eleanor Rooseverlt sosteniendo un póster con la Declaración en castellano, noviembre de 1949.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

lunes, 14 de febrero de 2022

El club de los jóvenes filósofos. Programa 8 del 14/02/2022.

El alumnado de Educación en la igualdad de género reflexionan sobre un tema que presenta muchas aristas filosóficas en un día muy señalado: San Valentín. Algunas preguntas que han guiado el trabajo de investigación y el posterior debate han sido: El amor: ¿se exige?, ¿se mendiga?, ¿se "nos pasa el arroz"?, ¿quien bien te quiere, te hace llorar?, ¿los que más se pelean son los que más se desean?, ¿del amor al odio hay un paso?, ¿las mujeres nacimos para esperar?, ¿el amor lo puede todo?, ¿estamos condenadas a sufrir por amor?, entre otras. 

Audio de la sección de radio aquí.  

miércoles, 2 de febrero de 2022

El club de los jóvenes filósofos. Programa 7 del 08/02/2022.

El día 8 de febrero de 2022 reflexionaremos, en el aula de Filosofía, sobre una importante cuestión ética: ¿Tienen derechos los animales? 

Audio de la sección de radio

A raíz de la publicación de una noticia del mes de abril de 2021 en la que se publicaban imágenes de prácticas crueles contra los animales en un laboratorio español, la ONG Cruelty Free International denunciaba estas prácticas y todos los medios del país se hicieron eco de esta noticia. Este laboratorio se dedica a la investigación para farmacéuticas y empresas que se dedican a la biotecnología. Realizan prueban para la industria cosmética, química, agroquímica, biocidas y productos sanitarios. También, esta empresa, según El País, es la encargada por el Ministerio de Ciencia e Innovación de probar en macacos las vacunas experimentales contra la COVID-19. 

Pues bien, en el mes de enero de 2022, la Universidad de Barcelona ha contratado los servicios de este laboratorio para realizar un experimento con 38 cachorros de perros Beagle. El objetivo de este experimento es desarrollar un fármaco antifibrótico para tratar la fibrosis hepática y la mielofibrosis. Es una enfermedad que cada vez tiene más incidencia en Europa y no hay una tratamiento eficiente. Además, según la normativa europea, antes de probar en humanos, debe hacerse un estudio de toxicidad en dos especies de mamíferos. 

De todos ellos, seis de los perros se salvarán del sacrifio y serán dados en adopción, una vez que participen en el ensayo. Por su parte, el resto, deberán ser sacrificados para estudiar sus tejidos.  

El Parque científico y la UB  garantiza el cumplimiento estricto de la normativa en todo momento, ya que es la única manera conocida de investigar en dicho campo farmacológico. 

Por su parte, grupos animalistas han convocado protestas por la experimentación en animales y el trato cruel que se les proporciona.


1º de Bachillerato: Los derechos de los animales (Ética y ciudadanía)

Enlace en pdf.

martes, 25 de enero de 2022

El club de los jóvenes filósofos. Programa 6 del 25/01/2022 en Canal Extremadura radio

Hoy, 25 de enero de 2022, hemos reflexionado, junto a los alumnos y las alumnas de Valores éticos de 4º de ESO, sobre este asunto: 

¿Debe ser obligatorio en un país estar vacunado contra el COVID? 

Audio del programa.

Estamos viviendo una situación inédita: es sabido por todas y todos que el COVID nos ha llevado a situaciones límite que nosotros, como seres humanos, jamás pensamos que fuéramos a vivir en nuestra sociedad contemporánea, pues, por suerte, no sufrimos las otras célebres pandemias que recuerda la historia: la viruela, las pestes, los inicios de la gripe española, etc. 

Pero si este es un virus más ¿qué lo diferencia de los que acabamos de nombrar?

El pasado 13 de marzo de 2020 el gobierno de España declaró el estado de alarma y, desde entonces, hemos vivido auténticos dilemas morales en situaciones muy concretas que, en muchas ocasiones, seguramente nos han hecho dudar y replantearnos nuestras posturas éticas respecto a dichas situaciones, especialmente, en estas fechas navideñas. ¿Es justo que tengamos que ser confinados, como personas jóvenes y sanas, cuando se está confirmando que la mayoría de las personas que mueren por el covid son personas mayores o con patologías previas? ¿Es legítimo que los autónomos hayan tenido que sufrir una gran caída en los beneficios de sus negocios durante el confinamiento cuando otra alternativa razonable hubiera sido el aislamiento de las personas más proclives a padecer gravemente la enfermedad en sus casas sin “pisar” los lugares de ocio? ¿Es necesario el uso obligatorio de mascarilla cuando he sido vacunado de las dosis recomendadas por la OMS, porque entonces, por qué vacunarme si voy a seguir llevándola de manera indefinida hasta el momento?

Como seres encuadrados en una sociedad es razonable y casi instintivo para muchas y muchos asumir como “regla de oro” en nuestras actuaciones morales “nuestra libertad termina donde empieza la del otro” y, por ello, una postura asumida por gran parte de los ciudadanos, es aquella que defiende que el interés individual debe estar supeditado al interés general.

Ahora bien, está ocurriendo que algunos países como Alemania o Austria están endureciendo sus medidas respecto a algunos derechos de movilidad o acceso a determinadas zonas y lugares, y con ello, muchas de estas personas están sintiendo cómo se les está privando de uno de los derechos básicos del ser humano: la libertad.

En torno a esto, surgen una serie de cuestiones:

1. ¿Debería un país tomar posturas tan restrictivas para salvaguardar el bienestar general por encima del individual?

2. ¿Debería el ministerio de sanidad obligar a cada ciudadano a vacunarse para reducir al mínimo las situaciones de contagio o, sea como fuere el peligro del virus es inmoral que se le prive a un ciudadano a tomar sus propias decisiones?

3. ¿Se puede hacer obligatoria la pauta completa de la vacuna a la ciudadanía a pesar de su corto tiempo de experimentación?

4. ¿Es suficiente alegar el desconocimiento de los efectos secundarios a largo plazo de la vacuna para que esta postura, tomada en libertad, prime sobre el bien que, de otra manera, podría obtener la sociedad?

5. ¿Crees que hay muchas personas que no están oponiéndose a la vacuna, y por tanto, están siendo vacunadas por no recibir el estigma social en vez de hacerlo con miras el bien social?